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miércoles, 25 de julio de 2018

Abogados de la Universidad de Costa Rica denunciados en el Colegio de Abogados


Abogados de la Universidad de Costa Rica denunciados en el Colegio de Abogados.


por MBA Rafael A. Vilagut Vega, Asesor Petrolero Independiente, Asesor Financiero y Patrimonial en RGIA, Torres de Paseo Colón, email rafael.vilagut@ucr.ac.cr y rafael.vilagut@rgintadvisors.com web www.rgintadvisors.com

Mi exposición de Motivos a la Universidad de Costa Rica UCR y su dos veces Rector Jensen y Presidente de UDUAL.org se las comparto hoy 25 de julio de 2018 en Feliz y Saludable

La razón es que nuevamente por tercera vez según oficio PPH-163-2018 firmado 24 de julio, por el Dr. William Anthony Goebel McDermott Director en el Programa Centroamericano de Posgrado en Historia, no me han dejado inscribirme en el programa de doctorado II ciclo 2018, en una sanción disciplinaria en la cual no se siguió el debido proceso ni la normativa interna de la UCR y de Costa Rica.

Por lo anterior este mes se subió el tono de la protesta de los venezolanos de la UCR en Europa ante OBSERVATORY Magna Charta Universitatum

Las solicitudes y las apelaciones de todos los estudiantes venezolanos a quienes se les reconoció la exoneración de la matrícula hasta el año de 2015 inclusive y la UCR les aplicó correctamente el Convenio con Venezuela fueron rechazadas por la Oficina de Asuntos Internacionales y Cooperación Externa OAICE dirigida por  la Ing. Leonora De Lemos Medina en 2017 y en 2018, pese a las recomendaciones de 2017 de la Defensoría de los Habitantes de la República y de la Cancillería.

Mis propuestas de desarrollo al Rector de la UCR y Presidente de UDUAL Dr. Henning Jensen Pennington el día 2 de febrero de 2015, NO SE HAN RESPONDIDO DESDE LA RECTORIA y han sido en mi criterio la razón de que en 2015 Jensen desaplicara unilateralmente el Acuerdo Cultural con Venezuela de un plumazo, sin tener la capacidad legal de hacerlo.







Dr. Henning Jensen Pennington responde "Ehmm" a propuesta


El Rector y los Miembros del Consejo Superior Universitario han sido acusados en el Ministerio Público de Honduras (el Rector nació en ese país), en Estados Unidos de América (el Director del Consejo Universitario nació en ese país), en Venezuela y en Costa Rica por el delito de Prevaricato según lo recomendó la Defensoría Estudiantil Universitaria de la UCR en 2016.

"...el delito de prevaricato prevé y sanciona al funcionario judicial o administrativo que dictare resoluciones contrarias a la ley o las fundare en hechos falsos,(7) pero a la vez, la hermenéutica jurídica y los indeterminismos del lenguaje plasmados en la ley, no solo autorizan sino que obligan al juez y/o funcionario, a interpretar la ley en procura de una correcta aplicación del derecho, por lo que al entrar al análisis y estudio del delito de prevaricato, ha de tenerse presente siempre que no es el yerro sino el abuso del derecho lo que se tipifica como delito, pues desde luego errare humanum est y por ello, no podría el ordenamiento jurídico por una parte exigir del intérprete precisamente que dé sentido a la ley y por otra castigarle por haberlo hecho." por Alonso Salazar profesor de derecho de la UCR.

Estos hechos fueron denunciados el 24 de julio de 2018, en la Presidencia y en Fiscalía del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica con los Licenciados y Licenciadas Juan León Blanco, Presidente, María Mercedes Flores Badilla, Vicepresidencia, Mauricio Montero H.,  Fiscalía Junta Directiva y Blanca Noelia Castro Sandí, Fiscala encargada de valorar admisibilidad.

Rector de la UCR suscribiendo en Europa con OBSERVATORY Magna Charta Universitatum

Los Abogados y Abogadas de la UCR (quienes dependen del Rector, Vicerrectorias y Consejo Universitario) denunciados local, regional e internacionalmente por no seguir el debido proceso y por denunciar una ley internacional vigente desde 1966, Ley 3740 "Acuerdo Cultural entre las Repúblicas de Costa Rica y de Venezuela" son los siguientes funcionarios públicos:

Dr. Eric Alfredo Chirino Sánchez, ALFREDO.CHIRINO@ucr.ac.cr Decano de la Facultad de Derecho código 4271, cédula 106230155.

Dr. Luis Baudrit Carrillo Sánchez, Jefe Oficina Jurídica, luis.baudrit@ucr.ac.cr código 1257 teléfono 40304432 BUFETE BAUDRIT cédula 103780182.

Dra. Marlen León Guzmán, MARLEN.LEON@ucr.ac.cr Vicerrectora de Docencia y ex SUB-Jefa de la OAICE código 12492, cédula 109700693.

Lic. José Pablo Cascante Suarez, jcascante@cu.ucr.ac.cr Asesor Jurídico del Consejo Superior Universitario teléfono 25114993, código 19772 cédula 112140831.

Lic. Juan Pablo Salazar Blanco juan.salazar@ucr.ac.cr, teléfono 25111250, Asesor Jurídico de la Rectoría código 14828 cédula 110310600.

Lic. Luis Ricardo Navarro Orozco, Asesor Jurídico del Sistema de Estudios de Posgrado, Abogado y Notario Público en Profesión Liberal, rnavarro@sep.ucr.ac.cr teléfono 25111375, código 22116, cédula 303950828.

Y en el ejercicio libre de la profesión, contratado por la UCR, quienes se han negado a informar los términos y condiciones de esta contratación:


Lic. Jonathan Ruíz Campos, ABOGADO del Bufete Ruiz Campos jruizc@abogados.or.cr contratado por la UCR, código 13874 cédula 108380605 oficina 88664527.


Las faltas mas graves denunciadas por Vilagut Vega, Rafael Alberto venezolano estudiante doctoral de la UCR:

"La Garantía Constitucional del Debido Proceso en los Procedimientos Universitarios", está garantizada en 39 de la Constitución Política de Costa Rica.

Por desconocer la Ley 3740 Convenio Cultural entre las Repúblicas de Venezuela y de Costa Rica, que se aplicó en la UCR desde 1966 hasta 2015 por directriz R-8119-2015 del Rector Henning Jensen Pennington en contradicción con Oficio OAI-1066-81 y en informe de la DHR, la Defensoría pone los ojos en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, al recordar que los Tratados Internacionales obligan a las partes a cumplirlos de buena fe y aplicar sus normas, OFICIO No 08230-2017-DHR/240104-2017-SI.

El ESTATUTO UNIVERSITARIO VIGENTE de la UCR, en Titulo II Estructura y Gobierno, Capítulo XIV trata sobre las OFICINAS ADMINISTRATIVAS entre las cuales se encuentran las Asesorías Jurídicas y otros despachos como la Contraloría Universitaria.

ARTÍCULO 158.- Las personas que ocupan las jefaturas de las Oficinas Administrativas adscritas a la Rectoría o a una Vicerrectoría dependen respectivamente del Rector o de la Rectora, o del Vicerrector o de la Vicerrectora correspondiente. El Contralor Universitario o Contralora Universitaria depende directamente del Consejo Universitario.

A pesar de haber agotado toda la vía administrativa con el Rector y la Comisión , los Vicerrectores, y el Consejo Universitario no se han abierto expedientes a los abogados adscritos al Colegio de Abogados de Costa Rica y que trabajan en la UCR.

ARTÍCULO 33.- Toda persona es igual ante la ley y no podrá practicarse discriminación alguna contraria a la dignidad humana. (Así reformado por el artículo 1º de la ley No.7880 de 27 de mayo de 1999).

Este 2018 la UCR resolvió ayudar a cuatro estudiantes nicaragüenses y están en estudio más ayudas, lo cual me parece excelente, pero me pregunto ¿cómo no aplica correctamente un convenio ley internacional a los estudiantes venezolanos?

Los venezolanos y sus familias estudiantes de la UCR discriminados ofendidos en una cuantía estimada en mil millones de Colones costarricenses, CRC 1.000.000.000,00 por desaplicación del convenio en 2015 y la incorrecta aplicación de Ley 3740 los últimos diez años, estamos INDIGNADOS y hemos solicitado ayuda a las siguientes organizaciones e instituciones:

Comisión de Usuarios de la Contraloría de Servicios del Poder Judicial.


Asamblea Colegiada Representativa de la Universidad de Costa Rica, RECTOR, VICERRECTORRES UCR, TRIBUNAL ELECTORAL, DECANOS y DIRECTORES, Representante Colegio de Abogados de Costa Rica, ex Rectores de la UNIVERSIDAD DE COSTA RICA. 

Unión Iberoamericana de Colegios y Agrupaciones de Abogados,  Dr. Carlos Andreucci, Dr. Roberto Busato, Dr. Luis Ortiz Quiroga, Dra. Carmen Luz Consuegra, Dr. Alfonzo Pérez Cuellar, Dr. Juan Carlos Araúz Ramos

Federación Interamericana de Abogados, Doctor Ulises Montoya Alberti, 1889 F Street, NW, 3rd. Floor, Suite 355 Washington, DC 20006.

LEGAL PRACTICA International Bar Association  4th Floor, 10 St Bride Street London, EC4A 4AD.

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